Sala Penal de Apelaciones de Bagua abdica sus funciones y envía caso de la Curva del Diablo a Sala Penal Nacional de Lima

“2009. Hermanos indígenas en protesta pacífica contra los D. Legislativos que dio el gobierno aprista.”

En un hecho sin precedentes, los magistrados de la Sala Penal Liquidadora Transitoria de Bagua se autodenominaron “incompetentes” y decidieron trasladar la acusación fiscal de los 53 hermanos indígenas, entre los que está el presidente de la Aidesep, Alberto Pizango Chota; a la Sala Penal Nacional para que analice e inicie el juicio de este caso, lo que constituye en un acto de total violación a los derechos de los pueblos. El argumento que esgrime los colegiados es que el Paro Amazónico del 2009 fue un evento que trajo repercusiones nacionales e internacionales y que tuvo gran cobertura de los medios de comunicación sobre los pedidos de los pueblos originarios agrupados en la Aidesep; situación por la cual, la Sala Penal Nacional al conocer muy bien estos hechos son los idóneos para litigar sobre esta situación. Lo curioso del documento, es que la Sala Penal Liquidadora Transitoria de Bagua dice, textualmente, “e incluso se cuestionó a funcionarios públicos de PRIMER NIVEL como es el caso de la señora ministra del Interior de la época Mercedes Cabanillas Bustamante, como responsable política del hecho…”. Este párrafo causó extrañeza en la Aidesep pues no sabíamos que los magistrados de la Sala Penal Liquidadora Transitoria de Bagua eran los abogados defensores de la ex ministra del Interior del régimen aprista o al poner PRIMER NIVEL tal vez los colegiados de la Sala Penal Liquidadora Transitoria de Bagua se olvidaron que Cabanillas fue también ministra de Educación durante el gobierno aprista del 1985 – 1990, plagados de actos de corrupción y por eso consideramos extremadamente exagerado catalogarla de funcionaria de primer nivel. La Sala Penal Liquidadora Transitoria de Bagua fundamentó su decisión en el artículo 16.2 del Código de Procedimiento Penales y la Resolución Administrativa N° 194-2012-CE/PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ). De acuerdo a esta resolución, la Sala Penal Nacional conoce también los delitos perpetrados contra medios de transporte, medios de comunicación y otros servicios públicos siempre y cuando generen repercusión nacional y el proceso sea complejo. En uno de sus fundamentos, la sala de Bagua indica que los hechos materia de este proceso, han tenido repercusión no solo nacional sino también a nivel internacional, por la forma cómo ocurrieron los hechos, las muertes producidas y por las peticiones que originaron el paro. Asimismo, refiere que el proceso es complejo, ya que existen más de 30 agraviados entre personas naturales y jurídicas, y se acusa a 53 personas a quienes se les juzga indistintamente por siete delitos: homicidio calificado, lesiones graves, entorpecimiento al funcionamiento de servicios públicos, motín, disturbios; fabricación y tenencia ilegal de armas, municiones y explosivos y arrebato de armamento o municiones de uso oficial; y daños agravado. Leer documento de Sala Penal Liquidadora Transitoria de Bagua.

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